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Los ingresos de esta publicación se suceden a través de:

  • Banners publicitarios, post patrocinados y publicidad en revista impresa anual  (consulte precios)
  • Post patrocinados (a través de Publisuites, Space Content. También puede consultar mediante mail)

Publicidad y/o post patrocinados

No se aceptarán publicidades ni post patrocinados que inciten a realizar algunas de las prácticas o consumos referentes a los siguientes temas, siguiendo nuestra linea editorial expuesta anteriormente:

-Procannábicos o de clubs cannábicos
-Proconsumo de drogas en general
-Relacionado con industria alcoholera (venta de vinos, cerveza, etc)
-Apología de los juegos de azar (bingos, casino, etc.) sean presenciales o online
-Uso de cigarrillos electrónicos,  porque no se ha probado su evidencia científica para dejar de fumar
-Apología o animar a jugar a otro tipo de juegos online que no sean de azar (LOL, WOW, Fornite, Farmville y similares)

Requisitos de los post patrocinados:

-500 palabras
-Máximo dos enlace ‘dofollow’
-Imagen libre de derechos de autor (se puede facilitar o se buscara en Pixabay)
-Se publica y no se borra a menos que se inclumplan los requisitos y plazos de pago
-Se indicará al final del post que este es un contenido ‘patrocinado’ para diferenciar el contenido de pago del contenido habitual y propio de la revista, según establece la Ley General de la Publicidad.
Artículo 11. «Los medios de difusión deslindarán perceptiblemente las afirmaciones efectuadas dentro de su función informativa de las que hagan como simples vehículos de publicidad. Los anunciantes deberán asimismo desvelar inequívocamente el carácter publicitario de sus anuncios».

Facturación:

-La empresa o persona que contrate el servicio de publicidad en forma de post patrocinado u otros, facilitará los datos de facturación mediante mail.
-Se emitirá la factura correspondiente.
-Preferible previo pago.
-Si esta no se ha pagado en 2 o 3 semanas, se procederá a borrar el post publicado.

Para más información: info@revistaindependientes.com